Entre
los concurrentes a las autorizaciones, se dintiguen los promotores que cuentan
con planes eólicos empresariales (PEE) y los que no disponen de estos planes.
En el caso de los primeros, no podrán se
adjudicatorios individualmente de más de 70 MW, para garantizar una distribución
equitativa de potencia. En el caso de los promotores sin PEE, la potencia máxima
a autorizar por cada uno será de 15 MW.
Respecto a los parques eólicos singulares, deberán estar destinados,
preferentemente, al autoconsumo, por lo menos un 30% de la producción, o a la
mejora de la calidad de la suministración de las pymes distribuidoras, pero la
producción no superará el 50% de la energía necesaria para abastecer a los
consumidores.
Tanto los promotores como los ayuntamientos y empresas que pretendan crear estos
miniparques, tienen de plazo hasta el 1 de marzo para tramitar la solicitud.
Innovación atenderá a las solicitudes especialmente en función de su
influencia en el desarrollo de la red eléctrica de distribución o transporte y
los efectos ambientales
Más información:
www.xunta.es/conselle/in