La
Comisión Europea ha presentado una propuesta por la que se prohíbe la
utilización de artes de arrastre de fondo en torno a las Azores, Madeira y las
Islas Canarias . El objetivo que se persigue es eliminar el riesgo de que tales
artes ocasionen daños duraderos o irreparables a los hábitats de aguas
profundas de estas zonas, de gran vulnerabilidad.
La
prohibición propuesta permite garantizar el mantenimiento de la protección que
hasta ahora ha proporcionado a estos hábitats el régimen especial de acceso
existente desde la adhesión de España y Portugal (MEMO/03/201). Las medidas
propuestas forman parte del proceso de reducir al mínimo los efectos de los
artes de pesca en el entorno marino. En la actualidad, están aplicándose
restricciones similares en la zona denominada Darwin Mounds, al noroeste de
Escocia, cuyos hábitats son igualmente vulnerables (IP/03/1170).
El Sr. Fischler, Comisario responsable de agricultura, desarrollo rural y pesca,
se ha congratulado de esta propuesta y ha afirmado que: «Los pescadores, a través
de estas restricciones, contribuyen al mantenimiento del equilibrio del entorno
marino, que es crucial para las poblaciones de peces».
En la actualidad, el arrastre de fondo está prohibido en las zonas citadas en
virtud de las normas de acceso a las denominadas «aguas occidentales»,
establecidas durante el proceso de integración de España y Portugal en la política
pesquera común. Dado que las citadas normas expiran este año, es necesario
imponer restricciones para garantizar el mantenimiento de la protección de que
disfrutan estos hábitats. Por consiguiente, la Comisión propone la modificación
del Reglamento del Consejo de 1998 sobre medidas técnicas, que establece las
condiciones técnicas relativas a las características de los artes,
determinadas restricciones espaciales y temporales y otras medidas técnicas de
conservación.
La plataforma continental de las islas a las que afectan las medidas propuestas
es muy estrecha o prácticamente inexistente. En los fondos de estas aguas
profundas se hallan diversos hábitats, como las formaciones de coral de aguas
profundas, las chimeneas termales y los montículos de carbonato, que
proporcionan abrigo y alimento a una fauna y flora extraordinariamente
diversificadas.
Los estudios científicos, como los informes del Consejo Internacional para la
Exploración del Mar (CIEM), señalan que los hábitats que se encuentran en
torno a las islas objeto de la propuesta requieren una protección especial,
principalmente contra los daños físicos ocasionados por las redes de arrastre
de fondo y otros artes de pesca similares. La política pesquera común debe
integrar los requisitos de protección medioambiental y la presente propuesta
constituye un paso importante a este respecto.
En diversos foros internacionales ya se han puesto en marcha iniciativas para
proteger los hábitats marinos vulnerables, que ya se definen como hábitats de
interés comunitario en la Directiva de 1992 relativa a la conservación de los
hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
La prohibición propuesta no ocasionará ningún tipo de perjuicio a los
pescadores, dado que el arrastre de fondo está prohibido en la actualidad y que
seguirán autorizándose en las zonas afectadas otros tipos de artes de pesca.